El trámite y los requerimientos por parte del Ayuntamiento son diferentes para cada actividad. Hay actividades inocuas y clasificadas. Y según estos parámetros, el proyecto llevará diferente cauce.
En la actividad inocua, no se requieren medidas correctoras sanitarias, de seguridad o medioambientales: Oficinas, bazares, peluquerías, agencias de viajes, comercios…etc.
Las clasificadas son las actividades que por estar consideradas molesta, insalubre, nociva o peligrosa, requiere adoptar medidas correctoras sanitarias, de seguridad y/o medioambientales…etc. Como por ejemplo bares, cafeterías, restaurantes, clínicas, talleres de automoción, industria en general, etc… Actualmente, también, se considera actividad clasificada cualquiera que se realice en un local mayor de 100 m2.
El precio de la licencia de apertura de actividad va a depender de dos factores: las tasas que se pagan en el ayuntamiento y el proyecto técnico que el ayuntamiento nos pide para tramitar la licencia:
1. El proyecto técnico deberá estar realizado por un arquitecto colegiado.
2. Las tasas las fija cada ayuntamiento dependen del tipo de actividad que se quiere realizar (clasificada o inocua, si existen obras o no), la ubicación del local comercial o nave industrial, la superficie del establecimiento, etc., así que habrá que preguntar en los servicios técnicos de cada ayuntamiento por los costes de ésta. Actualmente hay ayuntamientos que no cobran tasas para la apertura de nuevos negocios.

Si estás pensando en abrir un comercio, contacta con nosotros y te informaremos exactamente, según que caso, de los trámites que debes hacer y te guiaremos paso a paso, para cada tipo de actividad. Así, sabrás como está clasificada la actividad que deseas realizar y evitarás que el proyecto y trámites administrativos no te cuesten más de lo necesario.
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